REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA: ¡Presionemos a los diputados del Congreso español para conseguir mejoras!
Desde que el 26 de junio el Consejo de Ministros aprobó la Reforma de la Ley de Extranjería, Amnistía Internacional analizó tanto la nueva propuesta de texto y las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios. Hemos mantenido reuniones con diversos grupos parlamentarios, pero en ninguna de ellas se ha llegado a un compromiso firme de avanzar en las recomendaciones formuladas por nuestra organización. No obstante, estos grupos se han mostrado algo más receptivos a las peticiones relativas a menores y mujeres víctimas de trata.
Es urgente actuar. Aunque se prevé una tramitación parlamentaria de la ley en un plazo muy breve y el 29 de octubre se pretende que se vote en el Congreso–, os proponemos que enviéis (adaptando como consideréis conveniente, tanto a título individual como organización) una carta como la que figura más abajo a los diputados de la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso encargados de este tema.
Direcciones de los diputados
Emilio Olavaria (GV).- gorka.alvarez@gppnv.congreso.es /
pilar.cazorla@gppnv.congreso.es
Esperança Esteve (GS).- eesteve@diputada.congreso.es
Gaspar Llamazares (GERC-IU-ICV).- gaspar.llamazares@diputado.congreso.es
Rafael Antonio Hernando (GP).- rhernando@diputado.congreso.es
Carles Campuzano (GC).- carles.campuzano@diputado.congreso.es /
soledad.rico@gpciu.congreso.es
Uxue Barkos (GMx).- uxue.barkos@diputada.congreso.es
Olaia Fernández (BNG).- rgv.bng@gpmixto.congreso.es
Ana María Oramas (CC).coalición.canaria@gpmixto.congreso.es
Señora Diputado/a:
En estos días se está discutiendo el Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Extranjería en el seno de la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados. De la lectura de dicho Proyecto de Ley se deriva que esta reforma está presidida por una aproximación a las personas inmigrantes en términos, principalmente, de fuerza de trabajo y rendimiento económico; relegando a un segundo plano el respeto y protección de sus derechos humanos.
Así, mediante la presente carta le pido que, como portavoz de su grupo parlamentario, no olvide que los inmigrantes son sujetos de derechos y que esta reforma puede condicionar considerablemente su acceso real y efectivo a ellos. Además, el contexto de crisis económica mundial no puede servir para justificar una rebaja en los derechos humanos de las personas inmigrantes que llegan a España.
Por ello, le pedimos que en la discusión de la ponencia su grupo parlamentario tome en consideración las recomendaciones que, desde Amnistía Internacional, le presentamos a continuación:
– Todas las personas inmigrantes tienen acceso al padrón para poder así acceder al derecho a la salud.
– Todas las personas inmigrantes tienen reconocido el derecho a la educación, sin vinculación alguna a su edad y/o situación administrativa.
– Queda suprimido del artículo 22.3 la doble petición de justicia gratuita, eliminando así las desigualdades en el acceso a este derecho entre nacionales y extranjeros.
– Se incluye una disposición por la que se garantiza que la detención e internamiento de inmigrantes sólo serán de aplicación como último recurso, habiéndose mostrado como inadecuadas las demás medidas existentes. Asimismo, debe eliminarse la ampliación del plazo de internamiento de 40 a 60 días, así como la posibilidad de que este plazo sea ampliado cuando se solicita asilo o un habeas corpus.
– Las disposiciones del artículo 35 sobre los MENA deben garantizar de forma real, en la práctica, el principio del “interés superior del menor”. Así, debe garantizarse que los acuerdos con terceros países incorporan el principio de no devolución y mecanismos para garantizar que los menores reagrupados con sus familias o entregados a los servicios de protección son capaces de hacer realmente efectivos sus
derechos.
– Queda suprimida del artículo 31 bis la necesidad de abrir un expediente administrativo sancionador a las mujeres inmigrantes en situación irregular que acudan a una comisaría a interponer una denuncia como víctima de violencia de género. De este modo, debe quedar sin efecto la Instrucción 14/2005 de la Secretaria de Estado de
Seguridad.
– Se introduce expresamente en el Proyecto de Ley que las víctimas de trata podrán acceder a un permiso de residencia y trabajo cuando su permanencia sea necesaria atendiendo a su situación personal; entre otros, razones de seguridad, salud, situación familiar u otros factores relevantes. Armonizando de este modo la legislación de extranjería española con el Convenio del Consejo de Europa sobre la
Lucha contra la Trata.
Confiando en que tomarán en consideración las recomendaciones aquí formuladas, se despide agradeciéndole la atención prestada
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Alberto Estévez
Portavoz de Amnistía Internacional en Galicia
Tel.: 647 084 640
comunicacion.galicia@es.amnesty.org
http://www.es.amnesty.org